Ingreso de alumnos extranjeros
1 -
Por la vía diplomática
Por Resolución
del Gobierno nacional, cada Universidad fija un cupo por facultades
y carreras para ofrecer a aspirantes provenientes de países
de América Latina.
Este cupo es
difundido por las embajadas argentinas. Los interesados a ingresar
por este sistema deben gestionar ante su Ministerio de Educación
ser designados para ocupar este cupo.
Por la via
diplomática cada Universidad es informada de los alumnos
que han sido asignados a esa Universidad.
Quienes ingresan
por esa vía, al culminar sus estudios reciben su diploma
con una leyenda al dorso que dice NO VALIDO PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL
EN LA REPUBLICA ARGENTINA.
2
- Ingreso común
Todos los extranjeros que habitan en Argentina o que ingresen especialmente para iniciar sus estudios en el país, pueden inscribirse en cualquier universidad para cursar estudios, incluso si su ingreso al País no ha sido efectuado en forma legal (ver más adelante).
Deben satisfacer los mismos requerimientos académicos y de documentación que los aspirantes argentinos, con las siguientes precisiones:
A*
Exigencias de estudios medios:
1) Los aspirantes provenientes de todos los países de Sudamérica (de habla hispano – portuguesa), más México, España e Italia, están exentos de dar exámenes de reválidas de estudios de Nivel Medio.
2) Los provenientes de otros países deben necesariamente dar reválidas de sus estudios de nivel medio, en establecimientos educativos argentinos. Deben aprobar exámenes de Geografía, Historia, Literatura y Formación Cívica. Los provenientes de países de habla no española, deberán también aprobar exigencias idiomáticas.
Los interesados deben tener muy en cuenta esta exigencia, ya que los exámenes deben estar aprobados antes del mes de julio del año de ingreso y requieren de tiempo.
Una vez que los incluidos en 1) hayan aprobado el ingreso fijado para la carrera en que se inscriben, tendrán tiempo hasta el mes de agosto de ese año de ingreso para inscribir su título en dependencias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de Educación, Ciencias y Tecnología en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El trámite lo pueden efectuar los interesados por su cuenta, o bien a través del personal de la representación de la UNSL en esa ciudad. Serán informados en la Dirección General Académica de Rectorado.
B*
Exigencias de radicación
De acuerdo a la Ley 25.871 no se le puede negar la inscripción en ninguna universidad a ningún aspirante extranjero, cualquiera sea su condición de permanencia en el país. Una vez ingresado debe alcanzar la condición de radicación definitiva o provisoria estudiante: Para lo cual cada Universidad fija sus plazos.
Actualmente el trámite de radicación se inicia desde la misma Universidad una vez que el aspirante haya aprobado todas las exigencias académicas de su ingreso.
Documentación a presentar:
Para iniciar sus estudios y concretar su radicación los interesados deben presentar:
A. Partida de nacimiento.
B. Certificado analítico (detallado año por año) de sus estudios medios.
C. Certificado de carencia antecedentes penales del país de origen o de los países donde haya residido los últimos cinco (5) años (Para el caso de que el país no extienda conforme a su legislación local este tipo de certificados, deberá acompañar constancia consular de dicho hecho).
Toda esta documentación deberá ser certificada por las autoridades del país de origen y debidamente legalizadas por la respectiva representación consular argentina en el exterior o con la Apostilla de La Haya.
Además se deberá incorporar un Certificado de Carencia de Antecedentes Penales solicitado en Argentina, emitido por Policía Federal o Registro Nacional de Reincidencia.
En todas estas gestiones los interesados, serán asesorados y acompañados por personal de la Secretaría Académica de la Universidad.
MÁS INFORMACIÓN
Prof. Luis Alberto Moreno
Director General Académico - Secretaría Académica
de la UNSL
Edificio Rectorado, 2º piso, ciudad de San Luis
Teléfono: 02652 - 424027, interno 100
E-mail: dacade@unsl.edu.ar
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